jueves, 29 de julio de 2010

¿POR QUE NO SE CUMPLE CON LA LEY 28278 Y SU MODIFICATORIA LEY 28565?

En el discurso presidencial pronunciado este 28 de julio, se ignoró a las personas con discapacidad; y en la transmisión por la televisión de citado discurso, los canales 13, 9, 7, 5, 4 y 2 no colocaron al intérprete del Lenguaje de Señas, a pesar que la Ley de Radio y TV (Nª 28278)desde el año 2004, dispone en su artículo 38 que los programas informativos, educativos y culturales de producción nacional, transmitidos por el Instituto de Radio y Televisión del Perú (IRTP), incorporan medios de comunicación visual adicional en los que se utiliza lenguaje de señas o manual y textos, para la comunicación y lectura de personas con discapacidad por deficiencia auditiva.

Y por la ley Nª 28565, que modificó el segundo párrafo del artículo 38 de la Ley de Radio y Televisión, desde el 1 de enero de 2007, esta obligación se amplía para todos los canales de televisión, ya sean privados o estatales.

Sólo el canal 56 (canal del Congreso de la República) cumplió con la ley. El Canal N (8) lo hizo al inicio del discurso y después sacaron a la intérprete. Si tenemos en consideración que ambos canales se transmiten por señal de cable a la cual no muchos tenemos acceso, concluimos que de las más de 675 mil personas que sufren algún tipo de discapacidad auditiva, la gran mayoría de ellas han sido discriminadas en cuanto conocer lo que el Presidente de la República dijo el 28 de julio en el Congreso de la República en su Mensaje a la Nación.

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